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ITP en la Comunidad Valenciana en 2026: los impuestos de compra, explicados

ITP en la Comunidad Valenciana en 2026: el 9% y el 11% en la segunda mano, el IVA y el AJD en la obra nueva, el valor de referencia, los tipos reducidos y cómo y cuándo se paga.

Última revisión: 17 de octubre de 2026

Lo que aprenderá

  • Qué impuesto se aplica: ITP en una compra de segunda mano o IVA y AJD en una obra nueva
  • Por qué el valor de referencia puede aumentar el impuesto que paga
  • Quién tiene derecho a un tipo reducido y cuándo debe pagarse el impuesto

Si compra una vivienda de segunda mano en la Costa Blanca Norte, el impuesto principal es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Para el ITP en la Comunidad Valenciana en 2026, una fecha importa más que ninguna: en las compras a partir del 1 de junio de 2026 el tipo general es del 9%, y del 11% cuando el inmueble vale más de un millón de euros. Una vivienda nueva comprada al promotor paga en su lugar un 10% de IVA y un 1,4% del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD). A continuación explicamos qué impuesto se aplica, sobre qué base se calcula, quién puede pagar un tipo reducido y cómo y cuándo se paga.

El ITP en la segunda mano: 9% u 11%

Los tipos proceden de la Ley 5/2025 de la Generalitat Valenciana, que reescribió el artículo sobre transmisiones patrimoniales de la ley tributaria valenciana para los hechos imponibles a partir del 1 de junio de 2026. La regla en sí es breve: un 9% en la compra de un inmueble, y un 11% cuando el valor del inmueble supera un millón de euros. Lo que cuenta es la fecha de devengo del impuesto, que para la mayoría de los compradores es el día en que se firma la escritura ante notario.

El 11% no se aplica solo a la parte que supera el millón. Cuando el valor pasa ese límite, todo el valor tributa al 11%, así que el salto es grande. A modo de ejemplo, una vivienda de segunda mano valorada en exactamente 1.000.000 € pagaría 90.000 €, y una valorada en 1.050.000 € pagaría 115.500 €. A efectos de este tipo, la ley también trata como una sola compra las adquisiciones de la misma finca registral al mismo vendedor en un plazo de tres años, así que dividir una compra en partes no lo evita.

El ITP lo paga el comprador. Así lo establece la ley estatal del impuesto, diga lo que diga el contrato entre comprador y vendedor.

La base imponible: precio o valor de referencia

El impuesto no siempre se calcula sobre el precio que usted paga. Según la ley estatal del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, el valor de un inmueble es su valor de referencia, una cifra que fija cada año el Catastro. Si el precio de la escritura es superior al valor de referencia, la base imponible es el precio. Si el valor de referencia es superior, la base es el valor de referencia, aunque usted haya pagado menos.

Puede consultar el valor de referencia de un inmueble en la página del valor de referencia del Catastro, que publica los valores año por año. Compruébelo antes de acordar un precio, porque puede cambiar su presupuesto. Si cree que el valor es incorrecto, la ley solo le permite impugnarlo cuando solicita la rectificación de su propia autoliquidación o recurre una liquidación tributaria; el Catastro emite entonces un informe vinculante que lo confirma o lo corrige.

Obra nueva: IVA y AJD

Cuando compra una vivienda nueva al promotor, la primera entrega de la edificación terminada está normalmente sujeta al IVA, no al ITP. Según la ley española del IVA, las viviendas tributan al tipo reducido del 10%, que incluye hasta dos plazas de garaje y los anexos que se venden con la vivienda. Las ventas posteriores de la misma casa son ventas de segunda mano y pagan ITP.

Al IVA se suma el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), que grava la escritura notarial. En la Comunitat Valenciana el tipo general es del 1,4% para las escrituras a partir del 1 de junio de 2026. Un tipo inferior del 0,1% se aplica a la escritura de una vivienda que pasa a ser la residencia habitual del comprador, según el concepto de vivienda habitual del IRPF, así que una vivienda de vacaciones paga el 1,4%.

Si compra con hipoteca, el AJD de la escritura del préstamo hipotecario no le corresponde a usted. La ley del impuesto establece que el sujeto pasivo de la escritura de préstamo hipotecario es el prestamista.

Tipos reducidos y quién puede aplicarlos

La ley valenciana prevé tipos de ITP más bajos, pero casi todos dependen de que la vivienda pase a ser la residencia habitual del comprador y de sus circunstancias personales. La ley tributaria valenciana consolidada los establece:

El 6% o el 8% para compradores menores de 35 años. Una primera vivienda habitual para un comprador menor de 35 años cuyos ingresos estén dentro de los límites de la ley: el 6% cuando el valor llega hasta 180.000 € y el 8% por encima, sobre la parte que adquiere el comprador joven.

El 3% o el 4% para algunas familias y compradores. La vivienda habitual de una familia numerosa o monoparental dentro de los límites de ingresos, de una persona con una discapacidad reconocida del 65% o más (o una discapacidad intelectual o mental del 33% o más), o de una mujer víctima de violencia de género dentro de los límites de ingresos: el 3% cuando el valor llega hasta 180.000 € y el 4% por encima.

El 4% en terrenos agrícolas. Las personas físicas que compran un terreno que legalmente tiene la condición de parcela con vocación agraria pueden pagar el 4%, si el terreno se mantiene en uso agrario durante cinco años y se inscribe en el registro de explotaciones agrarias.

Para aplicar cualquiera de estos tipos, la compra debe formalizarse en escritura pública. A la mayoría de los compradores extranjeros de una vivienda de vacaciones no se les aplican, porque la vivienda no es su residencia habitual según las normas del IRPF. Si viene a vivir aquí, pregunte pronto a su asesor si cumple los requisitos, porque el tipo reducido se aplica en la propia autoliquidación.

Cuándo y cómo se paga el impuesto

La autoliquidación se presenta ante la Agència Tributària Valenciana con su modelo de transmisiones patrimoniales, el modelo 600, en el plazo de un mes desde la compra, según la ley tributaria valenciana. En la práctica, su abogado o la notaría suelen prepararla y presentarla, y usted aporta los fondos antes de la firma o en el momento de la firma.

Hay una segunda razón para pagar a tiempo. Según el artículo 254 de la Ley Hipotecaria, el Registro de la Propiedad no inscribirá su compra hasta que usted acredite que el impuesto se ha pagado. La inscripción es lo que protege su propiedad frente a terceros, así que el justificante del pago del impuesto forma parte de completar la compra.

Estos impuestos son el mayor coste que se suma al precio, pero no el único. También hay que contar con los honorarios del notario, del registro y del abogado, y nuestra guía sobre lo que cuesta realmente comprar una casa en España los enumera en orden. Si pide un préstamo, lea qué significan las últimas subidas de los tipos de interés para los compradores. Si duda entre una vivienda nueva y una más antigua, consulte obra nueva o segunda mano en España.

Las normas valencianas cambiaron por ley en 2025 y de nuevo en 2026, y cada compra tiene detalles que cambian la cifra: el valor de referencia, si la vivienda será su residencia habitual y quién es el vendedor. Tome esta guía como un mapa, no como un cálculo para su compra, y pida al notario y a un asesor fiscal independiente que le confirmen la cifra final antes de la escritura.

Paso práctico: antes de hacer una oferta, consulte el valor de referencia del inmueble y calcule el impuesto sobre el mayor de ese valor y su precio, al 9% o al 11% en una compra de segunda mano, o un 10% de IVA más un 1,4% de AJD en una obra nueva. Después, compare en igualdad de condiciones entre las propiedades de inversión en la Costa Blanca Norte.

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Escrito por Nicolas Strebel.